Por memorial presentado el 27 de marzo de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 512/2017-RA
Sucre, 12 de julio de 2017
Expediente: Potosí 21/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Primo Vargas Mamani y otro
Delito: Desobediencia a Resoluciones en Acciones de Defensa e
Inconstitucional
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de marzo de 2017, cursante de fs. 716 a 724 vta., Alberto Quintanilla Méndez y Primo Vargas Mamani, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 51/2016 de 12 de diciembre, de fs. 684 a 692, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, además de Marcos Lugo Huanaco, Isidoro Montes Mamani, Daniel Fuertes Benavides, Esteban Orcko Arando, Modesto Flores Zenteno, Gregorio Marca Choque, Ruddy Vargas Menacho y Fermín Osorio Ruiz contra Pascual Villanueva Gutiérrez, Miguel Nilo Villanueva Mamani y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Desobediencia a Resoluciones de Acciones de Defensa e Inconstitucionalidad, previsto y sancionado en el art. 179 bis del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 512/2017-RA
Sucre, 12 de julio de 2017
Expediente: Potosí 21/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Primo Vargas Mamani y otro
Delito: Desobediencia a Resoluciones en Acciones de Defensa e
Inconstitucional
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de marzo de 2017, cursante de fs. 716 a 724 vta., Alberto Quintanilla Méndez y Primo Vargas Mamani, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 51/2016 de 12 de diciembre, de fs. 684 a 692, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, además de Marcos Lugo Huanaco, Isidoro Montes Mamani, Daniel Fuertes Benavides, Esteban Orcko Arando, Modesto Flores Zenteno, Gregorio Marca Choque, Ruddy Vargas Menacho y Fermín Osorio Ruiz contra Pascual Villanueva Gutiérrez, Miguel Nilo Villanueva Mamani y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Desobediencia a Resoluciones de Acciones de Defensa e Inconstitucionalidad, previsto y sancionado en el art. 179 bis del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 27 de marzo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)El 20 y 21 de marzo de 2017 (fs
- Del memorial de fs. 716 a 724 vta. se extraen los siguientes motivos
- Arguyen que la fundamentación jurídica de la Sentencia en su Considerando II de la fundamentación
- 3)En el acápite referido a: “Defecto absoluto por falta de fundamentación conforme a las reglas
- Añaden que el Auto de Vista impugnado al pronunciarse sobre el primer agravio de su
- defectuosa valoración de prueba y carente de fundamento por el delito de Incumplimiento a resoluciones
- 5)Por último en el acápite: “defecto absoluto por falta de fundamentación en la modificación de
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- verdad material, principio de legalidad, debido proceso, desconociendo la tipicidad por errónea aplicación de la
- Sobre estos motivos se observa que los recurrentes no cumplieron con la carga procesal de
- No obstante a lo señalado, también se advierte que los recurrentes denuncian que el Auto
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
