Auto Supremo AS/0701/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0701/2017

Fecha: 10-Jul-2017

Describe que el recurso no cumple con lo dispuesto en el art

Describe que el recurso no cumple con lo dispuesto en el art. 258.2) del Código de Procedimiento Civil; respecto al reclamo del auto de relación procesal el reclamo resulta ser inoportuno cuando debió activar el art. 371 del Código de Procedimiento Civil, asimismo refiere que el recurso de casación y el de nulidad son diferentes, describiendo el aporte doctrinario de Castellanos; asimismo señala que las nulidades procesal solo proceden cuando se ha causado indefensión, refiriendo que el reclamo porque el expediente se encuentra desordenado no afecta al proceso, en relación a que se convocó a confesión y se generó una inspección no ha sido reclamado en forma oportuna; asimismo cita jurisprudencia relativo al reclamo oportuno de los vicios procesales, describiendo los principios que régimen las nulidades procesales; por lo que solicita que el recuso sea declarado infundado