II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Describe que la demanda es clara en sentido de haberse formulado pago de daños y perjuicios sobre la pared oeste del edificio de propiedad, del entonces demandante, en esa parte también se demandó mejor derecho sobre un pequeño lote de terreno de 30 mts. de extensión situado al lado oeste del terreno donde se construyó el edificio de 3 pisos y planta baja. En contra de la pretensión del demandado plantea reconvención por los 30 mts. describe los puntos de hechos a demostrarse por ambas partes, refiere que la relación procesal contraviene la ley, en sentido de que los puntos de hechos a demostrarse no pueden ser diferente al contenido de la demanda y reconvención, y del caso de autos al citar los límites de las dos propiedades hay una notable confusión de la ubicación y límites de las dos propiedades con relación a la Plaza Bolívar, de tal como que las partes no cuenta con un dato exacto a que referirse y esto no puede calificarse sino como un motivo de nulidad, porque la Sentencia debe contener decisiones precias, y expresas que deben recaer sobre los puntos litigados y al no existir relación ente el contenido de las dos acciones se evidencia motivo de nulidad
Describe que la demanda es clara en sentido de haberse formulado pago de daños y perjuicios sobre la pared oeste del edificio de propiedad, del entonces demandante, en esa parte también se demandó mejor derecho sobre un pequeño lote de terreno de 30 mts. de extensión situado al lado oeste del terreno donde se construyó el edificio de 3 pisos y planta baja. En contra de la pretensión del demandado plantea reconvención por los 30 mts. describe los puntos de hechos a demostrarse por ambas partes, refiere que la relación procesal contraviene la ley, en sentido de que los puntos de hechos a demostrarse no pueden ser diferente al contenido de la demanda y reconvención, y del caso de autos al citar los límites de las dos propiedades hay una notable confusión de la ubicación y límites de las dos propiedades con relación a la Plaza Bolívar, de tal como que las partes no cuenta con un dato exacto a que referirse y esto no puede calificarse sino como un motivo de nulidad, porque la Sentencia debe contener decisiones precias, y expresas que deben recaer sobre los puntos litigados y al no existir relación ente el contenido de las dos acciones se evidencia motivo de nulidad
- Partes: Víctor Mendoza Aguilar. c/ Joaquín Vargas Contreras
- Proceso: Daños y perjuicios y otro
- Distrito: Cochabamba
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la Resolución de primera instancia, se pronuncia el Auto de Vista de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Refiere haberse adjuntado el título de propiedad del terreno donde se construyó el edificio otorgado
- Describe que otra prueba irrefutable es la testifical, respecto a la existencia de límites entre
- Otro motivo de nulidad refiere al señalamiento de fs
- El contenido del título de propiedad de fs
- Tampoco no se ha tomado en cuenta el acta de inspección, que determina la existencia
- Por lo expuesto solicita se case de Auto de Vista o se anule obrados
- De la contestación al recurso de fs. 428 a 430 vta
- Describe que el recurso no cumple con lo dispuesto en el art
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En el Auto Supremo N° 212/2016 de 11 de marzo, se ha desarrollado doctrina sobre
- Principio de finalidad del acto
- Principio de Conservación
- Principio de Convalidación
- Principio de preclusión
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- De acuerdo al documento expuesto que se acusa falta de análisis, se entiende que se
- De acuerdo a lo expuesto no se considera infracción del art
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- De la respuesta al recurso de casación
- Respecto a que el recurso expuesto no cumple con lo dispuesto en el art
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
