Auto Supremo AS/0718/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0718/2017

Fecha: 10-Jul-2017

El demandante a través de su apoderado contesta el recurso pidiendo su rechazo por haber

Indica también que el demandante no acreditó ninguna mejora introducida en el terreno, ya que no existiría ninguna construcción consolidada, peor su antigüedad, tan solo confesó que este año realizó el sembradío de maíz en contra de la voluntad de su persona, actividad que la considera como uso clandestino y aprovechamiento ilícito de su terreno; indica que tampoco acreditó la superficie que pretende usucapir modificando su demanda con relación a este respecto incluso después de trabada la relación procesal (fs. 391), situación que habría sido impugnada.
En base a esos argumentos concluye en su petitorio solicitando se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda de usucapión ratificando la justa sentencia dictada por el Juez A quo.
II.1.- De la respuesta al recurso de casación: (fs. 534 a 535 vta.)
El demandante a través de su apoderado contesta el recurso pidiendo su rechazo por haber sido presentado fuera de plazo y el Auto de Vista y su complementario se encontrarían ejecutoriados; por otra parte indica que el recurso incumple el art. 258 inc.2) del CPC ya que no indica que normas fueron violadas careciendo de fundamentación; refiere que el Tribunal de casación no tiene competencia para volver a apreciar o valorar la prueba habida cuenta que el recurso de casación es calificado como una demanda nueva de puro derecho; en base a esos argumento solicita se niegue la concesión del recurso de casación y se declare ejecutoriado el Auto de Vista y su Auto complementario