Auto Supremo AS/0718/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0718/2017

Fecha: 10-Jul-2017

Finalmente, con relación al memorial de fs

Resultando solamente ese punto señalado como de omitido, no corresponde mayores consideraciones con relación al caso en cuestión.
Finalmente, con relación al memorial de fs. 534 a 535 vta., de respuesta al recurso de casación, la parte actora en cuanto a la observación del plazo de interposición del recurso de casación y la fundamentación del mismo, debe tener presente lo establecido en la SCP Nº 0113/2013-L de 20 de marzo que dispuso que el plazo se computa a partir de la notificación con el Auto de explicación, complementación o enmienda y la SCP 2210/2012 de 08 de noviembre de 2012 limitó declarar la improcedencia de los recursos de casación y estableció que debe tomarse en cuenta el contenido del recurso; en lo demás debe estarse a lo fundamentado en la presente resolución