Auto Supremo AS/0554/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0554/2017-RRC

Fecha: 10-Ago-2017

De esa manera, el Tribunal de alzada, tomó en cuenta el imperativo legal que atinge


De esa manera, el Tribunal de alzada, tomó en cuenta el imperativo legal que atinge a su labor en el conocimiento y resolución de recursos de apelación restringida, limitando su ámbito de decisión a determinar que la sentencia posea fundamentos suficientes sobre la valoración de la prueba, su coherencia, orden, idoneidad y los principios de la sana crítica, que ofrezcan certidumbre sobre la decisión de condena o absolución, conforme estableció el Auto Supremo 200/2012 de 24 de agosto, que precisó: “Es necesario precisar, que el recurso de apelación restringida, constituye un medio legal para impugnar errores de procedimiento o de aplicación de normas sustantivas en los que se hubiera incurrido durante la sustanciación del juicio o en la Sentencia, no siendo el medio idóneo que faculte al Tribunal de alzada, para revalorizar la prueba o revisar cuestiones de hecho que es de potestad exclusiva de los Jueces o Tribunales de Sentencia; por ello, si el ad quem, advierte que la Sentencia no se ajusta a las normas procesales, con relación a la valoración de la prueba y la falta de fundamentación y motivación, que haya tenido incidencia en la parte resolutiva, le corresponde anular total o parcialmente la Sentencia, y ordenar la reposición del juicio por otro Tribunal”; que en el caso de autos, el Tribunal de alzada al haber dispuesto la improcedencia de los recursos de apelación restringida, avalando las conclusiones arribadas por el Juzgador a quo, tanto en la apreciación y valoración individual y conjunta de las pruebas incorporadas al juicio oral, determinar la inexistencia de vulneración de derechos y garantías constitucionales o incursión en alguna situación defectuosa de sentencia establecidos en el art. 370 del CPP, observó debidamente su labor de control jurídico de la Sentencia, proporcionando una respuesta coherente al motivo esencial de impugnación establecido en el recurso de apelación restringida, en base a una fundamentación escueta pero puntual en sentido de verificar la logicidad expresada en la Sentencia y las razones de la decisión apegados al principio de legalidad