Auto Supremo AS/0563/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0563/2017-RA

Fecha: 10-Ago-2017

Por otro lado el recurrente fue preciso en identificar el hecho concreto que le causa


Respecto de lo mencionado invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 210/2015-RRC de 27 de marzo, 442 de 10 de septiembre de 2007, 60 de 30 de marzo de 2012 y 368 de 5 de diciembre de 2012, de los cuales si bien transcribió la parte pertinente de los mismos; sin embargo, no precisó la contradicción en la que incurrió con relación al Auto de Vista impugnado, lo que hace ver que incurrió en los requisitos previstos en el art. 417 del CPP.



Por otro lado el recurrente fue preciso en identificar el hecho concreto que le causa agravio (el Auto de Vista omitió motivar y fundamentar lo denunciado en su cuarto agravio del recurso de apelación restringida, al no ser evidente que hubiera ocasionado daño a las víctimas con las fotocopias legalizadas que presentó de una demanda de nulidad; al no demostrase su conducta continuada y su accionar dañoso prolongado); precisando la vulneración de sus derechos constitucionales (debido proceso en sus componentes de falta de fundamentación y motivación adecuada); explicando en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que incurrió el Tribunal de alzada; y, el resultado dañoso emergente del defecto (Debido a la falta de motivación y fundamentación debida no se demostró que la conducta imputada fue continuada y tampoco que su accionar dañoso se prolongó en el tiempo). De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que la parte recurrente cumplió con los presupuestos de flexibilización, haciendo viable la admisión de este motivo en forma extraordinaria