Auto Supremo AS/0564/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0564/2017-RA

Fecha: 10-Ago-2017

debe realizar la valoración y emitir su Auto de Vista conforme los antecedentes del proceso


Finalmente, como quinto agravio, los recurrentes denuncian que el Auto de Vista recurrido, afirmó erradamente y sin tomar en cuenta las contradicciones entre las declaraciones testificales de cargo sobre los hechos endilgados, específicamente en cuanto a quiénes se encontraban en el lugar y a las circunstancias, que se los tiene plenamente individualizados como autores de los hechos endilgados, no encontrando ninguna contradicción en las declaraciones prestadas por los testigos de cargo; asimismo, con relación a la exclusión de la prueba Nº 13 y que ilegalmente fue valorada y considerada por el Tribunal de Sentencia, no obstante su exclusión en juicio, el Tribunal de apelación, falsamente afirmó que no se constataba que dicha prueba haya sido excluida en algún momento del periodo de debates, omitiendo lo establecido en el precedente contenido en el Auto Supremo 276/2007 de 5 de octubre, de cuyo contenido advierte que el Tribunal de alzada


debe realizar la valoración y emitir su Auto de Vista conforme los antecedentes del proceso y todos los actos realizados en el mismo ya que lo contrario recae en un defecto de nulidad, ya que el juzgador no puede realizar una disposición sin tener un conocimiento claro, preciso y real sobre los antecedentes del proceso, los incidentes ocurridos dentro del mismo y su resolución, resaltando, la referida prueba (Nº 13), generó convicción en los miembros del Tribunal de Sentencia la convicción sobre la comisión de parte suya de los ilícitos acusados; en consecuencia, se advierte una explicación clara y precisa de la supuesta contradicción en la que habría incurrido el Auto de Vista impugnado con relación al precedente invocado, siendo admisible