Auto Supremo AS/0605/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

El agravio denunciado en casación por parte del imputado, relativo a la presunta revalorización probatoria,



El agravio denunciado en casación por parte del imputado, relativo a la presunta revalorización probatoria, en la que hubiese incurrido el Tribunal de alzada a tiempo de emitir el Auto de Vista recurrido, fue resuelto mediante el Auto Supremo 169/2015-RRC de 12 de marzo, que dejó sin efecto el Auto de Vista 112/2014 de 7 de octubre, disponiendo que el mismo Tribunal de alzada, dicte un nuevo fallo, en observancia a la doctrina legal señalada, de acuerdo a los siguientes argumentos:

“Ahora bien, en el presente caso el recurrente alega la revalorización de la prueba por parte del Tribunal de alzada y por ello, la supuesta contradicción existente en el Auto de Vista impugnado en relación a los Autos Supremos invocados. En ese ámbito de análisis, se constata que el Tribunal de alzada, al resolver el recurso de apelación restringida formulada por el Ministerio Público, estableció que: ‘De la lectura de la sentencia se tiene que la Jueza señala al valorar la prueba ‘…la documental solo demuestra de cómo se habría procedido a realizar el allanamiento ordenado por autoridad jurisdiccional, pero no se señala de quien sería la propiedad de las garrafas encontradas en dicho inmueble, tampoco se menciona quien comercializaba las mismas…’. Considera éste tribunal de alzada que dicha valoración no se apega a la lógica y a la experiencia; dado que la experiencia nos lleva al entendimiento que las cosas que se encuentran en un domicilio pertenecen a quien habita en él; no considerando lógico que se tenga 26 garrafas con contenido, 13 garrafas vacías y dos garrafas conectadas entre ambas por una manguera y sea una situación ajena para quien habita en el domicilio…” (Las negrillas son nuestras)