Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0605/2017-RRC
Fecha: 23-Ago-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
-
Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2016, cursante de fs
-
I.1. Antecedentes
-
a) Por Sentencia 2/2012 de 23 de abril (fs
-
b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
-
I.1.1. Motivo del recurso de casación
-
Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 333/2017-RA de 3 de mayo,
-
El recurrente alega que pese a haberse emitido por tercera vez el Auto de Vista
-
Agrega que, de la lectura del Auto Supremo 285/2016 de 21 de abril, se evidencia
-
I.1.2. Petitorio
-
I.2. Admisión del recurso
-
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
-
Por Sentencia 2/2012 de 23 de abril, la Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
-
b)Para la configuración del tipo penal del ilícito Peligro de Estado, tipificado y sancionado por
-
c)En lo que respecta a la prueba de descargo, se tiene la prueba testifical de
-
II.2. Del recurso de apelación restringida
-
El representante del Ministerio Público planteó recurso de apelación restringida, contra la Sentencia 2/2012 de
-
2) Con el informe de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) (MP
-
3) Los ilícitos también fueron demostrados por los muestrarios fotográficos, donde se tienen imágenes del
-
4) Se tiene la existencia de incongruencia y contradicción entre la ratio decidendi y la
-
II.3.Del primer Auto de Vista 112/2014 de 7 de octubre, dejado sin efecto
-
i)De la lectura de la Sentencia se tiene que la misma se fundamenta en sentido
-
ii)El encontrarse como tenedor de garrafas en las que se denota trasvasijado manual, prohibido por
-
iii)La fundamentación de agravio respecto a los delitos de Agio y Engaño en Productos Industriales,
-
II.4. Del primer Auto Supremo 169/2015-RRC de 12 de marzo
-
El agravio denunciado en casación por parte del imputado, relativo a la presunta revalorización probatoria,
-
En ese orden, este Tribunal evidencia que, independientemente de tratarse de afirmaciones enmarcadas en la
-
En este sentido, el razonamiento descrito y emitido por el Auto de Vista impugnado; se
-
Además de lo referido, estando evidenciado que las afirmaciones del Tribunal de alzada son subjetivas
-
II.5. Del segundo Auto de Vista 44/2015 de 5 de agosto
-
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió el Auto
-
2)La juzgadora obvió considerar al momento de valorar la prueba, los elementos constitutivos del tipo
-
3) La fundamentación del agravio, respecto a los delitos de Agio y Engaño en Productos
-
Como consecuencia de la presentación de recurso de casación, por parte del imputado Oscar Rogerio
-
iii)Respecto al control sobre la valoración probatoria y a los fines de que el Tribunal
-
El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
-
Los jueces de mérito son soberanos en la valoración de las pruebas, que las estiman
-
infracción a las reglas de la sana crítica, obliga al impugnante a señalar cuales son
-
Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
-
Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
-
Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
-
El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
-
iv)En consecuencia, conforme los argumentos expresados supra, estableciéndose la vulneración de derechos y garantías constitucionales,
-
i)En cuanto a la denuncia de defectuosa valoración de la prueba, cabe referir que el
-
ii)El tipo penal de Estrago dispone que: “El que por cualquier medio originare el peligro
-
iii)En cuanto a la valoración efectuada con relación a los delitos de Agio y Engaño
-
v)La apelación del Ministerio Público, se ciñe a cuestionar la decisión del Tribunal a quo;
-
III.1. Precedente legal invocado
-
“Ahora bien, ingresando al examen del Considerando III del Auto de Vista impugnado, se tiene
-
Estas conclusiones de ninguna manera cumplen con el art
-
De igual manera se extraña que el argumento principal del primer Auto de Vista (dejado
-
Respecto al control sobre la valoración probatoria y a los fines de que el Tribunal
-
controlar las inferencias lógicas del juzgador, por eso que los razonamientos de los jueces deben
-
El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
-
En consecuencia conforme los argumentos expresados supra, estableciéndose la vulneración de derechos y garantías constitucionales,
-
III
-
Aunque la apreciación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas (intangibilidad de la prueba
-
pretenden tener validez para otros nuevos
-
En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
-
Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
-
Este entendimiento ha sido ampliamente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
-
El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
-
Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
-
incorrectamente valorados y cuál la solución que pretende; es decir, precisar qué partes de la
-
Finalmente, por ser de utilidad para el análisis del caso concreto, resulta necesario glosar la
-
Consecuentemente; ‘En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
-
Los criterios doctrinales legales glosados precedentemente fueron complementados por el Auto Supremo 660/2014 de 20
-
Consiguientemente, el Tribunal de alzada, en observancia del art
-
III.3. Análisis del caso concreto
-
Determinado el marco legal establecido por el Auto Supremo 285/2016-RRC de 21 de abril y
-
A continuación, ingresando al análisis sobre las actuaciones de la Jueza de Sentencia, el Auto
-
En consecuencia, se tiene que en el caso, el Auto de Vista impugnado, no incurrió
-
Ahora bien, respecto de las alegaciones referidas al tipo penal de Estrago, recae en la
-
turno, anulados; empero, en ningún momento, el impugnante observó infracción a los requisitos de admisibilidad;
-
En la eventualidad de aplicación divergente de una misma norma en diversos casos o bien
-
El ordenamiento jurídico boliviano en materia penal, establece claramente que los fallos del Tribunal Supremo
-
El art
-
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
-
A los efectos de lo previsto por el art
-
En aplicación del art
-
Regístrese, hágase saber y cúmplase
-
Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
Otros enlaces de interés: