Auto Supremo AS/0619/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0619/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Sería diferente que la víctima, pese a que hubiera asumido conocimiento sobre los actuados procesales,




Sería diferente que la víctima, pese a que hubiera asumido conocimiento sobre los actuados procesales, de manera voluntaria, no exteriorice oposición alguna en el momento oportuno; en ese caso, la omisión sería atribuible a su persona y no podría dar lugar a nulidad posterior al haber consentido el acto; pero si como en el presente caso se verifica que no se procedió a hacer conocer a la misma sobre la solicitud realizada por el Ministerio Público, entonces se materializa la vulneración de sus derechos provocada por el órgano jurisdiccional y por eso mismo, luego no es posible pretender culparla por no haberse apersonado al proceso a otorgar su domicilio real o procesal, cuando no existe norma legal alguna que exija el cumplimiento de esa obligación