Auto Supremo AS/0622/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0622/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Conforme lo referido en el acápite III


Conforme lo referido en el acápite III.2 de la presente resolución, se establece que el Tribunal de apelación asume competencia únicamente sobre los aspectos cuestionados de la Sentencia, así lo dispone el art. 398 del CPP, correspondiendo a este Tribunal verificar en principio si los recurrentes denunciaron la existencia de los defectos de Sentencia que no habrían sido resueltos cumpliendo los parámetros de una resolución fundamentada