Auto Supremo AS/0622/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0622/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Por lo que, evidentemente el Tribunal de apelación, al no haber identificado correctamente los motivos


Por lo que, evidentemente el Tribunal de apelación, al no haber identificado correctamente los motivos de apelación que delimitan su competencia, excluyó de su resolución el motivo de apelación restringida fundado en la existencia del defecto de sentencia, previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, al fundarse en supuestos hechos no acreditados e inexistentes, incumpliendo con el parámetro de ser una resolución completa; y consecuentemente, una resolución debidamente fundamentada, infringiendo lo dispuesto por los arts. 124 y 398 del CPP, siendo contrario a la doctrina legal aplicable establecida por los precedentes invocados por los recurrentes, defecto absoluto por vulneración del debido proceso en su elemento de debida fundamentación, que amerita la aplicación del art. 419 de la norma adjetiva penal, dejando sin efecto el fallo recurrido, a fin de que el Tribunal de alzada, circunscriba su resolución a los motivos de apelación denunciados, conforme lo previsto por el art. 398 de la norma adjetiva penal