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    Auto Supremo AS/0657/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0657/2017-RRC

    Fecha: 31-Ago-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • a)Por Sentencia 6/2013 de 12 de agosto (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 352/2017-RA de 19 de mayo,
    • El recurrente alega que, se vulneró la garantía del debido proceso porque el Auto de
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita se case el Auto de Vista y se dicte uno nuevo adecuado
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 352/2017-RA de 19 de mayo, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Luego la Sentencia hace una exposición de los motivos de derecho en que se funda
    • II.2.De la apelación restringida de la acusadora particular
    • Recurso de apelación que fue formalmente observado por Auto de 24 de marzo de 2016
    • Estela Huanca Torrez, interpuso recurso de apelación restringida, manifestando que la Sentencia incurrió en los
    • iii) Alega que la Sentencia está basada en hechos inexistentes y no acreditados que emergen
    • II.4. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dictó el Auto de
    • Adicionalmente observa que el Juez de origen al realizar la labor de subsunción de la
    • Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del
    • III
    • En ese sentido, en el Auto Supremo 248/2013-RRC de 2 de octubre, entre otros argumentos
    • III.2. Análisis del motivo
    • La parte recurrente, expresa en su agravio que en el Auto de Vista impugnado, no
    • Es así, que el Tribunal de alzada, a objeto de dar respuesta a lo impugnado,
    • coherentemente al objeto del nuevo juicio a partir de la concurrencia del defecto previsto por
    • Razones por las que al no haberse evidenciado la falta de fundamentación en el Auto
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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