Auto Supremo AS/0657/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0657/2017-RRC

Fecha: 31-Ago-2017

Luego la Sentencia hace una exposición de los motivos de derecho en que se funda


Por Sentencia 6/2013 de 12 de agosto, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Estela Huanca Torrez, autora de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del CP, imponiendo la pena privativa de tres años de reclusión; al concluir que la imputada presentó su postulación al cargo de analista contable y responsable de contabilidad en la oficina central de La Paz, siendo finalmente contratada para ese cargo, a cuyo efecto presentó su curriculum vitae, indicando como profesión la de auditor financiero adjuntando fotocopia de título de 25 de febrero de 2004, que no tiene sustento legal alguno, pues de acuerdo a la documentación de la Universidad Técnica de Oruro, no se expidió a favor de la imputada ningún título en auditoría financiera, sino de contador general el 6 de febrero de 2009, por lo que la imputada accedió a un cargo del SENASIR, sin contar con título en auditoría financiera.



Luego la Sentencia hace una exposición de los motivos de derecho en que se funda enfatizando que se acreditaron las acciones típicas atribuibles a la acusada, cuya conducta habría sido dolosa y contraria al orden jurídico y al derecho, teniendo lugar en consecuencia a la culpabilidad y el consiguiente reproche; en ese entendido, el hecho se habría subsumido en los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, determinando su absolución del delito de Estafa, porque de acuerdo a lo señalado no existiría prueba suficiente al respecto