En cuanto a la falta de motivación y fundamentación en el Auto de Vista ya
En cuanto a la falta de motivación y fundamentación en el Auto de Vista ya que se ha violado el principio de verdad material por cuanto su persona ha sido beneficiado con un bien inmueble por efectos de un anticipo de legítima, que no ha sido considerado por el Tribunal de segunda instancia pese a haber sido apelado, corresponde señalar que de la lectura y análisis del Auto de Vista, se tiene que el Ad quem en punto II. señaló “…En el caso de autos del Testimonio Nº 110/2013 de fecha 29 de enero de 2013, Escritura Pública de Minuta de Reconocimiento de Derecho Propietario, el demandante Fidel Freddy Armijo Chávez declara que mediante Testimonio Nº 44 de fecha 3 de julio de 2009, ante el Notario de Fe Pública, adquirió en calidad de compra y venta el lote de terreno signado con el Nº 3 manzano 1 con una superficie de 225 Mts.2, de éste lote conjuntamente su esposa Yolanda Gabriela Soliz Acka transfirieron 105 Mts.2, restando a su favor 120 Mts.2. Luego señala, reconociendo que dicho lote es bien ganancial reconoce a favor de su esposa derecho propietario del 50%. Dicho documento de reconocimiento de derecho propietario en sus declaraciones sobre la adquisición del lote bajo la modalidad de compra y venta se encuentra respaldada por la Escritura Pública Nº 44/2009 de fecha 3 de julio de 2009 indicada por el demandante, el mismo que se encuentra en antecedentes a fs. 54 y 55 de obrados
- Partes: Fidel Freddy Armijo Chávez c/ Yolanda Gabriela Solíz Acka
- Proceso: Ordinario nulidad de documento
- Distrito: Potosí
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida resolución, Fidel Freddy Armijo Chávez, interpuso Recurso de Apelación cursante de fs
- En merito a esos antecedentes, la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de
- En la sustanciación del proceso el demandante no ha cumplido con la carga de la
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, Fidel Freddy Armijo, interpuso recurso de casación
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por las razones expuestas, solicita se emita Auto Supremo disponiendo la nulidad del Auto de
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- Refiere que las pruebas de cargo no sustentan de manera alguna la nulidad planteada y
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- En la Sentencia Constitucional Plurinacional 0075/2016-S3 de 8 de enero sobre la fundamentación y motivación
- En el Auto Supremo Nº 629/2014 de 31 de octubre como línea jurisprudencial se ha
- Asimismo, en el Auto Supremo Nº 1115/2015 de 04 de diciembre, al referirse al error
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la forma
- En cuanto a la falta de motivación y fundamentación en el Auto de Vista ya
- Ahora si bien a fs
- En el fondo
- El recurrente denunció que existe errónea apreciación de la prueba en cuanto se refiere al
- Finalmente en lo que corresponde a que se hubiera aplicado erróneamente la Ley 439, toda
- Comentado la disposición referida el autor José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento
- En el caso presente se tiene que deferida a confesión la demandada, ésta no se
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
