Auto Supremo AS/0918/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0918/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Finalmente acuso la violación del art

Finalmente acuso la violación del art. 549 del Código Civil el cual establece los casos de nulidad del contrato no así las causas de nulidad de un proceso coactivo o de una adjudicación judicial, el Auto de Vista indica que se debería declarar probada la demanda sin embargo no toma en cuenta que su derecho propietario fue adquirido en virtud de una adjudicación judicial, realizada en subasta pública dentro de un proceso coactivo y las causales de nulidad de un contrato no alcanzan a que se declare la nulidad de un proceso, y la violación del art. 490 del Código de Procedimiento Civil ya que lo resuelto en proceso ejecutivo adquiere ejecutoria formal y puede ser revisado en juicio ordinario que debe formalizarse en el término de seis meses de ejecutoriada la sentencia, circunstancia que no se tiene acreditado en la presente causa, por lo que se encuentra caducado el plazo y ejecutoriada la sentencia, tampoco se ha demostrado la existencia de fraude procesal