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2.- En relación al recurso de apelación planteado por Ceferino Wilfredo Butrón Quiroz y otro, parte reconventora, cabría enfatizar la respuesta otorgada a su contrario en cuanto a la compulsa de las pruebas y la valoración correspondiente que se efectuó por parte del A quo, que al momento de dictar la sentencia señaló claramente que la misma era inviable, al no demostrarse con pruebas idóneas los fundamentos de la demanda reconvencional, transcribiendo aquella respuesta, señalando como colofón que se denotaría por ello que la parte demandada reconventora no probó debidamente su demanda, y fuera así fundado la sentencia impugnada
- Proceso: Mejor derecho propietario, reivindicación, y resarcimiento de daño
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por José Luis Rodríguez Chipana en representación legal de José Antonio
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil, Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia
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- Que por lo señalado no fueran evidentes los fundamentos manifestados tanto por la parte demandada
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Desglosando cada uno de los puntos refiere que conforme a las previsiones del art
- Respuesta al recurso planteado
- Por memorial de fs
- Señalando los arts
- Refiere a la prueba documental que demostraría el enjuiciamiento penal contra José Antonio Maldonado Luna,
- Que el Auto de Vista contiene violación de los arts
- Por lo anterior refiere que se dictará Auto Supremo casando el Auto de Vista
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La Casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley y de esta
- Como característica esencial de este recurso podemos establecer que no se trata de una tercera
- La interpretación errónea y aplicación indebida, no pueden proponerse simultáneamente respecto de una misma norma,
- Interpretación Errónea: no se trata de una cuestión de existencia, subsistencia o determinación del alcance
- Aplicación Indebida: el error in iudicando no se contiene en la premisa mayor del silogismo,
- Como corolario de lo anterior, podemos delimitar los tres casos objeto de estudio del siguiente
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Asimismo en la norma de análisis se verifica como causal de casación “cuando en la
- No obstante esa puntualización y el desglose que se realiza, el desarrollo teórico no se
- Si bien es evidente que en el punto signado como “V” pretende la transgresión del
- Bajo esas consideraciones se advierte que el recurso de casación carece de sustento, por lo
- El sustento para plantear recurso de casación es que existiese violación de los arts
- Bajo esas consideraciones, no existiendo sustento válido para dar curso a la pretensión recursiva de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase. Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
