Auto Supremo AS/0935/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0935/2017

Fecha: 29-Ago-2017

La Ley Nº 025 en su art. 16 establece lo siguiente

En tales antecedentes diremos que:
III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- De la vulneración Del derecho a la defensa.-
La Ley Nº 025 en su art. 16 establece lo siguiente:
I. “Las y los magistrados, vocales y Jueces, deberán proseguir con el desarrollo del proceso, sin retrotraer a las etapas concluidas, excepto cuando existiere irregularidad procesal reclamada oportunamente y que viole su derecho a la defensa conforme a ley. II. La preclusión opera a la conclusión de las etapas y vencimiento de plazos”