Auto Supremo AS/0936/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0936/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Al respecto corresponde señalar que la prueba cursante de fs

Al respecto corresponde señalar que la prueba cursante de fs. 75 a 232, referente al interdicto de retener la posesión a la que hace referencia la recurrente solo acredita la calidad de poseedora de la demandada del bien inmueble en cuestión; en dicha precisión se debe tener en cuenta que respecto a la posesión el art. 87 del Código Civil señala: “I. La posesión es el poder de hecho ejercido sobre una cosa mediante actos que denotan la atención de tener sobre ella el derecho de propiedad u otro derecho real”; precepto normativo que describe a la posesión como el ejercicio de hecho sobre la cosa y la intensión de tener sobre ella el dominio; y toda vez que el actor demando la reivindicación de su bien inmueble del cual demostró su derecho propietario (fs. 9 y 10), dicha acción se encuentra regulada en el art. 1453 del CC, y tiene como objetivo la defensa de la propiedad y la respectiva posesión que emerge de ella, razón por la que está dirigida específicamente contra aquella persona que tenga la posesión o detentación de la cosa sin ostentar ningún título o derecho propietario