Auto Supremo AS/0936/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0936/2017

Fecha: 29-Ago-2017

En cuanto a que se habría violado el principio de armonía social, ya que aún

En cuanto a que se habría violado el principio de armonía social, ya que aún se encontraría en desesperación, stress, desamparo e injustica, ya que a pesar de no ser imperativo el deber de presentar la inscripción de su título de propiedad sobre el inmueble en litigio, se habría acreditado su posesión de buena fe por más de 20 años gozando de la dignidad para merecer tutela del Estado Constitucional de Derecho; al respecto corresponde precisar que la recurrente nuevamente pretende hacer valer la posesión que ostentaría sobre el bien inmueble en cuestión, bajo el argumento de que se vulneraria el principio de armonía social, sin considerar que el hecho de que los jueces de instancia no le hayan dado la razón o disienta del criterio de los mismos no implica vulneración a dicho principio, debiendo tener en cuenta que conforme ya se manifestó supra, la supuesta posesión alegada no puede valer por sobre el derecho propietario del actor acreditado a fs. 9 y 10, que conforme ya se expresó supra no puede contraponerse o anular los efectos o el ejercicio del derecho propietario de quien es dueño; resultando innecesario realizar mayores consideraciones al respecto