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    Auto Supremo AS/0673/2017-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0673/2017-RA

    Fecha: 04-Sep-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 26 de mayo de 2017, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Por diligencia de 19 de mayo de 2017 (fs
    • De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 2)Arguye que se habría dispuesto su culpabilidad por un delito doloso, sin estar demostrada la
    • 3)Acusa vulneración al debido proceso por falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista
    • fundamentar una sentencia debe ser precisa, coherente, adecuadamente fundamentada en su conjunto y adecuarse a
    • 5)Denuncia que el Auto de Vista impugnado, inobservó las reglas relativas a la congruencia entre
    • Con relación al memorial de recurso de casación de fs. 390 a 394 vta
    • El recurrente acusa restricción a su derecho de acceso a la justicia, aduciendo que: i)
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • cree que debió ser resuelta la alegación; sino, la adecuación del recurso indefectiblemente a la
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que, el recurso fue interpuesto dentro del plazo
    • Como primer motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, fue dictado fuera
    • En cuanto al segundo motivo, alega la inexistencia de conducta dolosa, ni responsabilidad directa por
    • individualización en cuanto a su participación en el hecho endilgado, por lo que no se
    • En el cuarto motivo, denuncia falta de fundamentación en la valoración de la prueba tanto
    • Como quinto motivo, denunció que el Auto de Vista impugnado, inobservó las reglas relativas a
    • Por otro lado, el motivo analizado aludió igualmente la presunta violación del debido proceso, sin
    • Por otra parte, dejando establecido la extrañeza de presentación de dos recursos de casación por
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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