Auto Supremo AS/0673/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2017-RA

Fecha: 04-Sep-2017

fundamentar una sentencia debe ser precisa, coherente, adecuadamente fundamentada en su conjunto y adecuarse a


4)Denuncia la existencia de defecto absoluto de acuerdo al art. 169 inc. 3) del CPP, por falta de fundamentación sólida en la valoración de la prueba, reclamado en apelación, en particular de la testifical de Teófilo Condori Llanos, Maribel Estrada Condori y Juan Daniel Estrada Condori, así en cuanto a la prueba documental, con relación al certificado médico forense, que no hizo mención a la existencia de desprendimiento de cuero cabelludo en la víctima, menos hizo referencia a un TEC, habiendo el Tribunal de alzada con referencia a este agravio resuelto erróneamente, aludiendo supuesto desconocimiento de las reglas de la sana crítica y que la apelación no es un medio para revalorizar la prueba, ni revisar las cuestiones de hecho, extremo que vulnera derechos y garantías que ameritan ser reparados. Cita los Autos Supremos 529 de 17 de noviembre de 2006 y 479 de 8 de diciembre de 2005, agregando que la doctrina legal de las resoluciones mencionadas no hacen referencia una doble valoración, sino que la prueba en el momento de


fundamentar una sentencia debe ser precisa, coherente, adecuadamente fundamentada en su conjunto y adecuarse a la relación fáctica de los hechos y subsumir la conducta al tipo penal, aspecto que la sentencia no ha dado cumplimiento y que debía ser advertido y revisado por el Tribunal de alzada