Auto Supremo AS/0673/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2017-RA

Fecha: 04-Sep-2017

Por otra parte, dejando establecido la extrañeza de presentación de dos recursos de casación por


Por otra parte, dejando establecido la extrañeza de presentación de dos recursos de casación por parte del recurrente; sin embargo, a efectos de no incurrir en restricción alguna de derechos y garantías constitucionales, con relación al motivo identificado en el memorial de fs. 390 a 394 vta., se tiene que, se acusó falta de fundamentación jurídica en el Auto de Vista impugnado, en vulneración del art. 124 del CPP, al no haberse referido respecto al defecto de errónea aplicación de ley sustantiva porque el delito de Feminicidio no fue probado ni justificado, no se indicó el principio de subsunción o la presencia de los elementos del tipo y su participación dolosa en la comisión del hecho, no se advierte la sana crítica que supone una actuación fuera de la legalidad y disponerse la confirmatoria de la Sentencia en forma arbitraria e ilegal. Se observa que el recurrente, a tiempo de invocar los precedentes contradictorios, incurrió en error de señalar datos referidos a la fecha correspondiente al primer precedente y con relación a los demás citados, no contienen la necesaria explicación de la situación de contraste; por consiguiente no se cumple con los requisitos exigidos en los art. 416 y 417 del CPP, omisión que le es atribuible porque constituye una carga procesal ineludible para la admisión del recurso de casación; por cuyo incumplimiento, el motivo no resulta admisible