individualización en cuanto a su participación en el hecho endilgado, por lo que no se
Respecto al tercer motivo, alega falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, en la respuesta al segundo agravio del recurso de apelación restringida, porque se limitó a manifestar que fue la única persona que el día de los hechos habría estado con la víctima y ser el causante de las lesiones. El recurrente a tiempo de invocar el precedente, únicamente se limitó a la transcripción de la parte de la doctrina legal aplicable, sin realizar la necesaria explicación de la situación de contradicción entre ésta y el Auto de Vista impugnado, aspectos que en principio, impiden la admisibilidad del motivo analizado, por incumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP; no obstante, se advierte haberse aludido la presunta violación de derechos y garantías constitucionales al debido proceso por falta de fundamentación en el Auto de Vista impugnado, al haberse referido en apelación restringida, la existencia de contradicción entre la Sentencia y acusación, cuando la acusación no ha demostrado cómo hubiese cometido el hecho delictivo por falta de
individualización en cuanto a su participación en el hecho endilgado, por lo que no se ha realizado una correcta subsunción de la conducta al tipo penal establecido en el art. 252 bis del CP, siendo condenado en base a pruebas forzadas, vulnerándose igualmente su derecho a la presunción de inocencia; de esta forma, se ha proporcionado los fundamentos básicos respecto del cumplimiento de los presupuestos de flexibilización relacionados en el acápite anterior, situación que permite ingresar al análisis de fondo del motivo a efectos de determinar la posible existencia vulneratoria de derechos y garantías denunciadas, por esta vía excepcional de admisibilidad
- Por memoriales presentados el 26 de mayo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 19 de mayo de 2017 (fs
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Arguye que se habría dispuesto su culpabilidad por un delito doloso, sin estar demostrada la
- 3)Acusa vulneración al debido proceso por falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista
- fundamentar una sentencia debe ser precisa, coherente, adecuadamente fundamentada en su conjunto y adecuarse a
- 5)Denuncia que el Auto de Vista impugnado, inobservó las reglas relativas a la congruencia entre
- Con relación al memorial de recurso de casación de fs. 390 a 394 vta
- El recurrente acusa restricción a su derecho de acceso a la justicia, aduciendo que: i)
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- cree que debió ser resuelta la alegación; sino, la adecuación del recurso indefectiblemente a la
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que, el recurso fue interpuesto dentro del plazo
- Como primer motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, fue dictado fuera
- En cuanto al segundo motivo, alega la inexistencia de conducta dolosa, ni responsabilidad directa por
- individualización en cuanto a su participación en el hecho endilgado, por lo que no se
- En el cuarto motivo, denuncia falta de fundamentación en la valoración de la prueba tanto
- Como quinto motivo, denunció que el Auto de Vista impugnado, inobservó las reglas relativas a
- Por otro lado, el motivo analizado aludió igualmente la presunta violación del debido proceso, sin
- Por otra parte, dejando establecido la extrañeza de presentación de dos recursos de casación por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
