Auto Supremo AS/0673/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0673/2017-RA

Fecha: 04-Sep-2017

El recurrente acusa restricción a su derecho de acceso a la justicia, aduciendo que: i)


El recurrente acusa restricción a su derecho de acceso a la justicia, aduciendo que: i) El recurso de apelación restringida no fue analizado y fue confirmada la Sentencia sin fundamento jurídico alguno en vulneración del art. 124 del CPP; no se manifestó respecto al defecto de errónea aplicación de ley sustantiva por infracción al art. 370 inc. 1) del CPP, porque el delito de Feminicidio no fue probado ni justificado, no indica el principio de subsunción; el Tribunal de apelación, tenía la obligación de advertir si se encuentran presentes los elementos del tipo penal que no lo hizo, contradiciendo el Auto Supremo 317 de “134” (sic) de junio de 2003. Reitera que al no mencionar de qué manera se subsume al tipo penal ni establecer su participación dolosa en la comisión del hecho, se lesiona el debido proceso por vulneración del art. 124 del CPP, obviándose el art. 20 del CP y en contradicción al art. 13 del mismo cuerpo Penal; no se advierte la sana crítica que supone debe ser minuciosamente revisado, significando una actuación fuera del marco de la legalidad existiendo un defecto inconvalidable contrario a los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005 y 221 de 7 de junio de 2006, habiéndose igualmente vulnerado los derechos de presunción de inocencia, debido proceso y la seguridad jurídica causándole indefensión. ii) Insuficiente fundamentación del Auto de Vista impugnado, al no haber revisado los fundamentos y el análisis de la prueba realizada en Sentencia, que al no indicar los defectos en que hubieran incurrido los jueces de instancia, deja la resolución a obscuras y carente de fundamento al disponerse la confirmación de la sentencia de forma arbitraria e ilegal, contrariando el Auto Supremo 166/2012-RRC de 20 de julio