Auto Supremo AS/0744/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0744/2017-RA

Fecha: 25-Sep-2017

iv) Falta la enunciación del hecho objeto del juicio o su determinación circunstanciada, señalando que


iv) Falta la enunciación del hecho objeto del juicio o su determinación circunstanciada, señalando que no existe una relación circunstanciada del hecho objeto del juicio, además que no se llegó a establecer la procedencia legal del cheque ni la concepción comercial del mismo; habiéndose sólo establecido que el cheque fue protestado indebidamente por Bill Apolinar Callejas Arroyo. También indica que no existe relación circunstanciada del hecho que hubiera determinado la tipificación del hecho “o en su defecto la eximente de sanción” (sic), considerando que el cheque según certificación del Banco de Crédito corresponde a una chequera dada a la empresa Les Tek S.R.L. el año 2011. Alega que para que el Tribunal de alzada analice, revise y repare las inobservancias de la ley o errónea aplicación incurrida en Sentencia, refirieron el Auto Supremo 410 de 20 de octubre de 2006, concluyendo que el Auto de Vista impugnado y el Auto de complementación y enmienda “ha incurrido en NULIDAD por defecto absoluto” (sic)