I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 260 a 266 interpuesto por Julia Bobarin Rojas vda. de Colque contra el Auto de Vista de Nº 129/2016 de 09 de septiembre que cursa de fs. 250 a 254, pronunciado por Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en el proceso de anulabilidad de documento seguido la recurrente en contra de Vladimir Copa Mamani, la concesión de fs. 269, la admisión de fs. 274 y vta., y todo lo inherente:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- El Juez de Partido Tercero en lo Civil, pronuncia la Sentencia Nº 036/2015 de 18 de diciembre de 2015 que cursa de fs. 159 a 167 vta., declarando improbada la demanda de anulabilidad de documento privado de reconocimiento de deuda de 24 de abril de 2013, con reconocimiento de firmas jurisdiccional, suscrito por Vladimir Copa Mamani como acreedor y, Delfín Cruz Mamani y Julia Bobarin Rojas vda. de Colque, por la suma de Bs. 181.060.- Con costas. Asimismo evidencia contradicción en la declaración de confesión provocada y el contenido del documento de 24 de abril de 2013 y suscrito en fecha 7 de enero de 2012 de acuerdo al libro adjuntado, respecto a la constitución de una sociedad de tratamiento de minerales entre Delfín Cruz Mamani y Vladimir Copa Mamani, dispone remitir antecedentes al Ministerio Público
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- El Juez de Partido Tercero en lo Civil, pronuncia la Sentencia Nº 036/2015 de 18 de diciembre de 2015 que cursa de fs. 159 a 167 vta., declarando improbada la demanda de anulabilidad de documento privado de reconocimiento de deuda de 24 de abril de 2013, con reconocimiento de firmas jurisdiccional, suscrito por Vladimir Copa Mamani como acreedor y, Delfín Cruz Mamani y Julia Bobarin Rojas vda. de Colque, por la suma de Bs. 181.060.- Con costas. Asimismo evidencia contradicción en la declaración de confesión provocada y el contenido del documento de 24 de abril de 2013 y suscrito en fecha 7 de enero de 2012 de acuerdo al libro adjuntado, respecto a la constitución de una sociedad de tratamiento de minerales entre Delfín Cruz Mamani y Vladimir Copa Mamani, dispone remitir antecedentes al Ministerio Público
- Partes: Julia Bobarin Rojas Vda. de Colque. c/Vladimir Copa Mamani
- Proceso: Anulabilidad de documento
- Distrito: Potosí
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la Resolución de primera instancia, se pronuncia el Auto de Vista de fs
- Señala que en relación a la errónea valoración de la prueba de inspección judicial, señala
- Sobre la valoración de la prueba testifical de fs
- En relación a la testificación de Celia Bolaños Carreño, la testigo señala que la demandante
- Con relación a la infracción del art
- Sobre la confesión de Julia Bobarín Rojas vda
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Asimismo describe que la declaración de Ricardo García Pari de fs
- Acusa error de derecho, en relación a la prueba testifical de Celia Bolaños Carreño, quien
- Acusa error de derecho, deduciendo que presentó el libro de actas que se encuentra de
- Por lo expuesto solicita casar el Auto de Vista
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Sobre la figura del litisconsorcio necesario, este Tribunal ha emitido razonamiento en el Auto Supremo
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ahora de la revisión del documento impugnado de anulabilidad que cursa de fs
- De acuerdo a la deducción establecida se entiende que la actora pretende la anulabilidad del
- En caso de que el contrato llegue a disolverse, traerá efectos respecto al reconocimiento de
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- De conformidad a lo previsto en el 17
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani.
