Auto Supremo AS/0999/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0999/2017

Fecha: 25-Sep-2017

II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Describe el art. 375 del Código de Procedimiento Civil sobre la carga de la prueba, y jurisprudencia respecto a la carga de la prueba y el aporte doctrinario de Alsina; asimismo señala que la autoridad judicial debe averiguar la verdad material; señala que la Sentencia ha efectuado la motivación y fundamentación suficiente, señala que las partes firmaron el documento luego de haber sido faccionado por la abogada, asimismo cita los arts. 190, 353 y 371 del Código de Procedimiento Civil.
II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
1.- Describe que la Sentencia refiere haberse probado que Vladimir Copa Mamani adjuntando dineros de terceras personas, lo ha destinado al préstamo otorgado en monto distintos a favor de Delfín Cruz Mamani y Julia Bobarín vda. de Colque, el mismo fue impugnado en memorial de apelación, infracción del art. 192.2) del Código de Procedimiento Civil, sobre dicho aspecto trascribe la respuesta emitida en el Auto de Vista, sobre dicha respuesta solicitó se complemente el Auto de Vista en sentido de describir cuál es el conjunto de elementos que llevan a la convicción de haberse demostrado que el demandado juntó dineros obtenidos en calidad de préstamos de terceras personas que han sido destinados al supuesto préstamo a los señores Delfín Cruz Mamani y Julia Bobarín vda. de Colque, sobre la misma describe haberse incurrido en error de hecho y cita la declaración de Saúl Eduardo Hidalgo de fs. 103 describiendo el cuestionario Nº 3 y su respuesta, acusando que las fechas que el testigo (fines de diciembre de 2011) no concuerda con lo descrito en el documento de fs. 2 que señala el préstamo en fecha 3 de diciembre de 2011, al margen de ello no concuerda la finalidad del préstamo