II.1.- Resumen del recurso
Finaliza indicando que el Juez A-quo no ha infringido norma procesal alguna en la emisión de la Sentencia, habiéndose cumplido normas imperativamente insertas en el art. 1.I numerales 6, 7 y arts. 87, 90 y 91 del CPC, válidas en su momento, además de haberse cumplido el principio de verdad material, sin tener asidero su reclamo final de la ilegalidad de las costas y costos dispuestos ya que dichos conceptos deben ser cubiertos por quien pierde un proceso, sea parcial o total.
En base a esos fundamentos procede a confirmar totalmente la Sentencia.
En contra del referido Auto de Vista, la demandada interpuso recurso de casación o nulidad en la forma solicitando la anulación del Auto de Vista.
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA:
II.1.- Resumen del recurso:
Denuncia al Ad-quem de no haber dado respuesta fundamentada y razonada a todos sus agravios y confundió la acción reivindicatoria con la negatoria y no consideró la excepción perentoria de improcedencia de la acción negatoria ya que los argumentos de la demanda más se encuentran orientados a justificar una acción reivindicatoria, y que no le brindó una explicación de porqué no tiene razón en la oposición de su excepción
En base a esos fundamentos procede a confirmar totalmente la Sentencia.
En contra del referido Auto de Vista, la demandada interpuso recurso de casación o nulidad en la forma solicitando la anulación del Auto de Vista.
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA:
II.1.- Resumen del recurso:
Denuncia al Ad-quem de no haber dado respuesta fundamentada y razonada a todos sus agravios y confundió la acción reivindicatoria con la negatoria y no consideró la excepción perentoria de improcedencia de la acción negatoria ya que los argumentos de la demanda más se encuentran orientados a justificar una acción reivindicatoria, y que no le brindó una explicación de porqué no tiene razón en la oposición de su excepción
- Distrito: Chuquisaca
- I
- Señala que la parte empugnante pretende desconocer que la acción negatoria también protege al poseedor
- Indica que la desestimación de la excepción perentoria de improcedencia de la acción no puede
- Señala también que no puede afirmarse que los actos perturbatorios y/o molestias deban ser dirigidas
- II.1.- Resumen del recurso
- Indica que el Tribunal no diferenció los actos perturbatorios y/o molestias, los que tendrían que
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Revisado el contenido del Auto de Vista se advierte que el Ad-quem absolvió los reclamos
- De igual modo en cuanto al reclamo de imposición de costas y costos, también existe
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
