Auto Supremo AS/1007/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1007/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Señala también que no puede afirmarse que los actos perturbatorios y/o molestias deban ser dirigidas

Señala también que no puede afirmarse que los actos perturbatorios y/o molestias deban ser dirigidas a la persona propietaria del bien y no al objeto, ya que los amurallamientos no fueron sustento idóneo para estimar una acción negatoria, olvidando nuevamente que se trata de una acción real que protege la propiedad, no existiendo por tanto diferencia en donde se produce el ataque o donde se da la alegación de derecho; si la parte demandante olvidó que ante la estimación de la acción negatoria no procede la emisión del mandamiento de desapoderamiento o desalojo, es su completa responsabilidad