Revisado el contenido del Auto de Vista se advierte que el Ad-quem absolvió los reclamos
Revisado el contenido del Auto de Vista se advierte que el Ad-quem absolvió los reclamos planteados en apelación, toda vez que en el Considerando I, numerales 1 y 2 del Auto de Vista los identifica de manera precisa haciendo referencia entre otros aspectos a las denuncias de incongruencia de la Sentencia, apreciación incorrecta de la excepción perentoria de improcedencia de la acción, confusión entre acción negatoria y reivindicatoria, así como los actos perturbatorios y molestias, incorrecta valoración de la prueba, imposición de costas procesales, y sobre esa base en el segundo Considerando numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 absolvió cada uno de los reclamos planteados conforme se tiene descrito en calidad de resumen en el Punto I.2 de la presente Resolución, no siendo evidente lo denunciado en el recurso
- Distrito: Chuquisaca
- I
- Señala que la parte empugnante pretende desconocer que la acción negatoria también protege al poseedor
- Indica que la desestimación de la excepción perentoria de improcedencia de la acción no puede
- Señala también que no puede afirmarse que los actos perturbatorios y/o molestias deban ser dirigidas
- II.1.- Resumen del recurso
- Indica que el Tribunal no diferenció los actos perturbatorios y/o molestias, los que tendrían que
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Revisado el contenido del Auto de Vista se advierte que el Ad-quem absolvió los reclamos
- De igual modo en cuanto al reclamo de imposición de costas y costos, también existe
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
