Auto Supremo AS/1007/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1007/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Indica que la desestimación de la excepción perentoria de improcedencia de la acción no puede

Extraña que la parte demandada pida en su recurso la nueva valoración de prueba, sin embargo de la revisión de la Sentencia se constata que la misma ha realizado lectura y valoración de la prueba del proceso en su totalidad y conforme a procedimiento, estableciendo en primer lugar la titularidad de las partes respecto del bien objeto del proceso, además fundada en los requisitos de procedencia de la acción negatoria, resultando cierto lo referido por el Juez de la causa que los documentos señalados por la impugnante son referentes e informantes de otros procesos y no puede pretender que dichos documentos sean tomados como idóneos y conducentes para este proceso.
Indica que la desestimación de la excepción perentoria de improcedencia de la acción no puede conllevar a la nulidad de la Sentencia y menos a su revocación, ya que dicho fallo con relación al tema se encuentra debidamente fundamentada, más aún si se evidencia que dicha excepción se la deduce simplemente en base a la argumentación de la contestación negativa a la demanda, por tal no es en realidad una excepción perentoria verdadera procesalmente