El artículo en estudio deja claramente establecido, que las causales de revisión de sentencias ejecutoriadas,
El artículo en estudio deja claramente establecido, que las causales de revisión de sentencias ejecutoriadas, deben constituir novedad con respecto al proceso anterior; ser de hecho nuevos posteriores a la sentencia; o ser conocidos con posterioridad. En forma general podemos decir, que la revisión procede por la aparición de nuevos documentos que permanecieron ocultos o ignorados por motivos de fuerza mayor; igualmente procede por la declaración de falsedad de los documentos esenciales; por el falso testimonio de los testigos; por el cohecho, la violencia o fraude procesal; o por maquinaciones fraudulentas para obtener una sentencia favorable
- AUTO SUPREMO:109/2018
- FECHA:Sucre, 30 de octubre de 2018
- EXPEDIENTE:32/2018
- PROCESO:Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia (Materia Civil)
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Edwin Aguayo Arando
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- Sala Plena
