Auto Supremo AS/0314/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2018

Fecha: 03-Oct-2018

Citando los arts

Citando los arts. 129,46 y 73 del Código de Familia, sostuvo que, de acuerdo a esta normativa, da plena fe de la necesidad de inscripción de la documentación en los registros con su sentencia ejecutoriada respectiva, aspectos que no son concurrentes dentro del presente proceso, puesto que existen observaciones dentro del matrimonio del causante con la impetrante, puesto que existen observaciones dentro del matrimonio del causante con la impetrante, puesto que Felix Rolando Salazar Soliz al solicitar su renta de vejez el año 1996, presento a su esposa Alicia Salamanca Arratia mediante Certificado de Matrimonio de fs. 40 y 74, donde señala como estado Civil “Soltera”, más la impetrante al no contar con libertad de estado y en conocimiento de estas irregularidades, intenta acceder a una renta de viudedad de forma anormal pretendiendo que sea considerada por convivencia