Auto Supremo AS/0552/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0552/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Por consiguiente, no se advierte vulneración alguna a los derechos de la parte recurrente como

Por consiguiente, no se advierte vulneración alguna a los derechos de la parte recurrente como erradamente estableció en su recurso de casación en la forma, puesto que, en el marco del debido proceso, en su elemento derecho a la defensa, los Vocales sustanciaron debidamente los intereses de las partes, respetando los principios establecidos por ley en materia laboral y garantizando la igualdad de las partes en el juicio; por lo que, al momento de dictarse tanto la Sentencia como el Auto de Vista ahora recurrido, se otorgaron a las mismas, la tutela judicial efectiva, no resultando evidente el reclamo en la forma interpuesto por la parte ahora recurrente