POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
Bajo esos parámetros, se concluye que no son evidentes las acusaciones denunciadas en el recurso de casación, al carecer estas de sustento legal, ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, por lo que corresponde resolver el recurso en el marco de la disposición legal contenida en 220-II del CPC-2013, aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184-1 de la CPE y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 141 a 147, interpuesto por Horacio Andrés Terrazas Cataldi en calidad de apoderado de Juan Pablo Behoteguy Terrazas, contra el Auto de Vista Nº 002/2017 de 11 de enero de 2017 de fs. 137 a 139, emitido por la Sala Social Administrativa, Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, con costas
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184-1 de la CPE y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 141 a 147, interpuesto por Horacio Andrés Terrazas Cataldi en calidad de apoderado de Juan Pablo Behoteguy Terrazas, contra el Auto de Vista Nº 002/2017 de 11 de enero de 2017 de fs. 137 a 139, emitido por la Sala Social Administrativa, Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, con costas
- Demandado: Asea Brown Boveri Ltda
- CONSIDERANDO I
- Sentencia
- Tramitado el proceso laboral de reliquidación de beneficios sociales, el Juez Séptimo de Trabajo y
- Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación por Juan Pablo Behoteguy Terrazas, representado convencionalmente por Horacio Andrés
- Motivos del recurso de casación
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Respecto a la congruencia de la parte dispositiva de la sentencia N° 181/2015 de 2015,
- En cuanto a la parte dispositiva referente a declarar probada la excepción perentoria de pago,
- Petitorio
- Concluye solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, “revocar la Resolución A
- Mediante memorial cursante de fs
- Manifiesta que, lo que los tribunales de justicia laboral no pueden amparar o permitir es
- Añade que, la suma de dinero de Bs
- Admisión
- Mediante Auto Supremo Nº 300-A de fs
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Doctrina aplicable al caso
- En ese entendimiento, corresponde al recurso de casación orientar sus argumentos a invalidar el Auto
- Asimismo, se debe identificar de manera clara y concreta en el recurso de casación, si
- Resolución del recurso de casación
- 2
- 3
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
