Auto Supremo AS/0937/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0937/2018

Fecha: 01-Oct-2018

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3. Por Auto de 09 de enero de 2017 (fs. 360), se complementa y enmienda en lo que se refiere a los bienes gananciales en su último punto, y se agrega: La granja avícola ubicada en la Comunidad Burgos tiene una superficie de 10 hectáreas.
4. Impugnada la resolución de primera instancia por el demandante, el Tribunal de Apelación por Auto de Vista de 31 de julio de 2017 (fs. 391 a 392 vta.), resuelve CONFIRMAR la sentencia y REVOCAR el Auto de 09 de enero de 2017, disponiendo además:
a)La obligación contraída con CIDRE, debe ser cumplida en partes iguales por ambos ex conyugues cada uno a partir de fecha 15 de julio del año 2015