Auto Supremo AS/0940/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0940/2018

Fecha: 01-Oct-2018

De lo glosado se advierte que en un primer momento este Tribunal se limita analizar

De lo glosado se advierte que en un primer momento este Tribunal se limita analizar el recurso de forma principal a lo contenido en el arts. 396 de la citada Ley, ahora posterior admisión del recurso y previo sorteo del mismo en un segundo momento este Tribunal no posee esa limitante, sino al contrario realiza un análisis por menorizado de todo el proceso, y en dicho examen es posible advertir causales que hagan a la improcedencia del recurso que no fueron advertidas en un primer momento, esto debido a las limitantes señaladas precedentemente, ya que, valga la redundancia este segundo análisis o examen no se limita a evidenciar la existencia de la violación o infracción de las leyes infringidas o vulneradas en el contenido del memorial del recurso de casación sino de todo proceso en sí, y es por este motivo que en ese examen podrá advertir la existencia de aspectos que harían a la improcedencia del recurso de casación, como ser el caso de resoluciones que por expresa determinación de la norma no permitan este recurso extraordinario; las cuales como se dijo en el apartado anterior generan un límite al principio de impugnación, o en el caso que no se hubiese planteado recurso de apelación pese a serle desfavorable la resolución y sea confirmada la misma, hipotéticos que a todas luces hacen a la improcedencia del recurso, impidiendo su análisis en el fondo mereciendo por sindéresis jurídica una Resolución de improcedencia la cual está permitida conforme manda el art. 401 del citado Código