De donde se colige que el vendedor garante de evicción para quedar exento de responsabilidad
De donde se colige que el vendedor garante de evicción para quedar exento de responsabilidad por la evicción, debe probar que existían argumentos para el rechazo de la demanda, en el presente caso el demandado no demostró en absoluto que la demanda de anulabilidad de contrato de venta de bien ganancial, iniciado por su esposa Agustina Durán Medrano de Polares en contra de Elena Polares Quispe y otro, pudo haber sido repelido eficazmente para impedir la anulación, por el contrario del análisis de la prueba cursante de fs. 108 a 109 se advierte que el ahora demandado en lugar de asumir una defensa en el marco de la lealtad procesal y evitar la anulación de la venta, se allano a la demanda de su esposa y pidió expresamente la anulación del contrato de venta, conducta que trascendió en el resultado final para la anulación
- Distrito: Chuquisaca
- I
- II.1. Del recurso de casación en el fondo
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- II.2. Contestación al recurso de casación
- III.1. Los principios de eficacia y eficiencia en la práctica forense
- III.2. La responsabilidad de evicción y la omisión de convocatoria
- A su turno el art
- Sobre el tópico, el Doctor Ernesto Wayar, en el libro ¨Evicción y Vicios Redhibitorios¨, Editorial
- III.3. La evicción parcial y resarcimiento del daño
- De las citas efectuadas se advierte que el evicto tiene tres facultades: peticionar el reembolso
- Sobre el monto a ser devuelto en el caso de la evicción parcial Ernesto Wayar,
- ¨En este caso la solución es diferente de la que se ha señalado para la
- Esto es así, por cuanto el vendedor está obligado a pagar el mayor valor y
- IV.1. en el fondo
- 2. En lo que respecta a la prescripción para demandar la evicción
- A fs
- Es cierto que conforme lo prescribe el art
- De donde se colige que el vendedor garante de evicción para quedar exento de responsabilidad
- Teniendo en cuenta la teoría citada en el punto de la doctrina legal aplicable, también
- 2)El adquirente omite convocar a su garante y al advertir que no existen defensas que
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
