Auto Supremo AS/1047/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1047/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Así también manifestó que debe tomarse en cuenta que la valoración de las pruebas no

Así también manifestó que debe tomarse en cuenta que la valoración de las pruebas no puede limitarse solo a una prueba en el caso de autos al informe pericial, sino al conjunto de todas las pruebas para una mayor y mejor determinación, es así que conforme a lo desarrollado en la doctrina en el punto III.1, se tiene que los juzgadores tienen la labor valorativa del universo probatorio introducido al proceso en el sentido de que toda prueba una vez ofrecida por las partes y admitida por el juez conforme a procedimiento, se convierte en prueba del proceso y no de una sola de las partes, esto con la finalidad de llegar a la verdad real de los hechos, en cuya valoración simultáneamente también se aplica el principio de unidad o valoración conjunta de la prueba y no de manera aislada, y que el juzgador debe tomar en cuenta, pues está en la obligación de apreciar y valorar todas las pruebas en su conjunto que deben ser integradas y contrastadas, en relación a la pretensión de las partes