Auto Supremo AS/1055/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1055/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Si el acreedor se niega a recibir el pago, el deudor puede obtener

Si el acreedor se niega a recibir el pago, el deudor puede obtener su liberación mediante oferta real y subsiguiente consignación de la prestación debida. El pago constituye en efecto no tanto una obligación como un derecho del deudor que tras llevar un gravamen temporal, tiene buen derecho (giorgi) de querer liberarse llegada la hora del vencimiento…. Para surtir plenos efectos la oferta debe ser hecha por quien puede pagar y hacerse a quien pueda recibir, en tiempo y lugar debido y debe ser completa, libre y real.”