Auto Supremo AS/1066/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1066/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Empero, en el Auto de Vista objeto de casación, como acusa la recurrente, se observa

Empero, en el Auto de Vista objeto de casación, como acusa la recurrente, se observa la existencia de consideraciones y determinaciones contradictorias, así como la omisión de hechos relevantes que por efecto de la revocatoria parcial debieron ser objeto de análisis, no existiendo de esta manera un hilo conductor que dote de orden y racionalidad a la resolución, específicamente en los efectos que conlleva la parte dispositiva, en razón a las siguientes observaciones:
1)Pese a que los jueces de alzada de manera amplia explicaron las razones por las cuales la acción de reconocimiento de mejor derecho propietario y la acción negatoria no son conexas ni se complementan entre sí por la finalidad que estas persiguen, criterio que es compartido por este Tribunal Supremo de Justicia; sin embargo, en la parte dispositiva de manera totalmente contradictoria declararon probado el mejor derecho propietario de la parte actora, y posteriormente como “efecto de la acción negatoria” dispusieron la cancelación del registro de Derechos Reales del derecho propietario de la demandada Blanca Beatriz Dávalos de Vaca Guzmán.
Estas determinaciones, reflejan que los jueces de alzada declararon probado no solo el mejor derecho propietario de la parte actora sino también la acción negatoria que esta interpuso, pues no otra cosa significa que haya ordenado la cancelación del registro en DD.RR como efecto de esta acción; cuando en realidad el Tribunal Ad quem, solo podría acoger una de estas pretensiones