Auto Supremo AS/1066/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1066/2018

Fecha: 30-Oct-2018

En esa lógica, la transgresión a este principio de congruencia conlleva el pronunciamiento de resoluciones

En esa lógica, la transgresión a este principio de congruencia conlleva el pronunciamiento de resoluciones “ultra petita” que se produce al otorgar más de lo pedido; “extra petita” al extender el pronunciamiento a cuestiones no sometidas a la decisión del Tribunal; “citra petita” cuando omite decidir cuestiones que son materia de expresión de agravios por el apelante o sobre alguna de las pretensiones deducidas en proceso; e “Infra petita” cuando el tribunal Ad quem no se pronuncia sobre todos los petitorios o todos los hechos relevantes del litigio; omisiones y defectos del Auto de Vista que además infringen el debido proceso, que ameritarán la nulidad de obrados siempre y cuando la trascendencia y la afectación del agravio graviten indefectiblemente en la parte reclamante toda vez que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho al debido proceso, empero “no es absoluto”