Auto Supremo AS/1067/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1067/2018

Fecha: 30-Oct-2018

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4.Respecto al segundo medio impugnatorio, refiere que el contrario no explica de qué manera se está transgrediendo los preceptos legales invocados, puesto que el Auto de Vista también fue emitido conforme el informe pericial pedagógico cursante en obrados, entonces no es cierto que solo se haya valorado la confesión provocada de los demandados.
5.Finalmente, sobre el tercer medio impugnatorio, señala que al contrario de los criterios personales y subjetivos del contrario, el Auto de Vista, está dando cumplimiento al Auto Supremo indicado, por lo que tal medio impugnatorio no tiene asidero legal, menos lógica jurídica