Concluyó, solicitando conforme al art
I.3.5. Petitorio
Concluyó, solicitando conforme al art. 210 del Código Procesal Civil, fallar el recurso en la forma y por tanto anular obrados hasta la admisión de la demanda cursante a fojas 24, para que se cite con la demanda laboral al verdadero representante legal de la Empresa Bolivian Wire and Cable Company S.A. “CABLEBOL S.A.” y dicha empresa pueda asumir defensa de acuerdo a ley, de no anularse el proceso conforme a lo impetrado, se case el auto de vista impugnado y aplicando las normas conculcadas y se revoque la sentencia de primer grado declarando probada la defensa, por carecer de personería para ser demandado
Concluyó, solicitando conforme al art. 210 del Código Procesal Civil, fallar el recurso en la forma y por tanto anular obrados hasta la admisión de la demanda cursante a fojas 24, para que se cite con la demanda laboral al verdadero representante legal de la Empresa Bolivian Wire and Cable Company S.A. “CABLEBOL S.A.” y dicha empresa pueda asumir defensa de acuerdo a ley, de no anularse el proceso conforme a lo impetrado, se case el auto de vista impugnado y aplicando las normas conculcadas y se revoque la sentencia de primer grado declarando probada la defensa, por carecer de personería para ser demandado
- Que, tramitado el proceso laboral ante el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la parte demandada cursante de fs
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada “Mario Jaime Jiménez Prudencio”, en
- Que habiéndose apersonado a la presente demanda planteó excepción de impersoneria y consiguiente nulidad de
- En fecha 25 de marzo de 2015 el juez de la causa estableció que su
- I.3.2. Recurso de casación en la forma
- Que, el auto de vista de 21 de marzo de 2018, confirmó la sentencia de
- Por otra parte, los señores vocales argumentaron que “en materia laboral es suficiente nombrar en
- Al respecto, el recurrente sostuvo que es evidente que, en la citada jurisprudencia, se indica
- I.3.3. Recurso de casación en el fondo
- Que, en el auto de vista impugnado en el considerando II, las autoridades basan su
- En el punto III
- Asimismo, en el punto III
- De acuerdo a lo referido precedentemente sostuvo que su persona ha sufrido vulneración a sus
- Concluyó, solicitando conforme al art
- El referido recurso de casación fue respondido en forma negativa por escrito de fs
- II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
- Que, del examen del recurso de casación en el fondo y la forma, se realizan
- Asimismo, la nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación
- En ese orden, podemos citar a Gonzalo Castellanos Trigo, quien en el “Código de procedimiento
- Esta omisión por parte del tribunal de alzada, que acarrea el incumplimiento o inaplicación de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
- No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
