Auto Supremo AS/0968/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0968/2018-RRC

Fecha: 06-Nov-2018

Con relación al primer defecto de Sentencia, se indica la Sentencia Constitucional 1146/2003-R de 12


II.3. Del Auto de Vista impugnado.

El Auto de Vista de 14 de julio de 2017, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que determinó declarar improcedente el recurso planteado, confirmando la Sentencia apelada, con costas, bajo la siguiente fundamentación:

Con relación al primer defecto de Sentencia, se indica la Sentencia Constitucional 1146/2003-R de 12 de agosto y bajo ese marco indica el Tribunal de alzada que la observación realizada por el apelante a la prueba relativa al Acta de Intervención Policial, no puede ser considerada como defecto de Sentencia relativa a la errónea aplicación de la Ley sustantiva, cuando dicho defecto únicamente puede ser revisada ante la errónea fijación judicial de la pena; por lo que no tiene mérito en este momento procesal la observación realizada, máxime si de la revisión del Acta conclusiva de 26 de febrero de 2014 y que al momento de plantearse las exclusiones probatorias, el apelante no ha observado la legalidad o no de la prueba que fue introducida a juicio y valorada por el Tribunal de Sentencia