Auto Supremo AS/0977/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0977/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

Finalmente, en cuanto al defecto de Sentencia previsto por el inc


Finalmente, en cuanto al defecto de Sentencia previsto por el inc. 11) del art. 370 del CPP, el apelante también omite determinar cuál es la contradicción que encuentra entre la parte considerativa y resolutiva de la Sentencia, pues en la fundamentación del agravio sólo se abría abocado a realizar una apreciación particular del accionar de la víctima y que el A quo omitió subsumir esa conducta a los arts. 35, 36, 85 y 109 del CT, fundando la Sentencia en el art. 57 de la referida norma, sabiendo que en la inspección y reconstrucción, se verificó que en el lugar de los hechos no existía ningún tipo de señalización, por lo que su fundamentación sería ilegal con relación a la condiciones del lugar del hecho