Auto Supremo AS/0982/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0982/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

Defecto de Sentencia previsto por el inc


Defecto de Sentencia previsto por el inc. 3) del art. 370 del CPP; toda vez, que no se ha observado el precepto inmerso en el art. 360 inc. 2) del CPP, que señala como requisito que la Sentencia contenga la enunciación del hecho y circunstancias que hayan sido objeto del juicio, el cual impide al Tribunal de apelación emitir resolución en derecho y limita el derecho a la defensa para plantear la apelación (cita Auto Supremo 53/2012 de 22 de marzo). La Ley no le señala al juzgador que transcriba la querella como enunciación del hecho, objeto de juicio, sino que en esta enunciación, el juzgador debe relacionar los hechos que se han dilucidad de manera circunstanciada; es decir, en base a todo lo actuado en el juicio oral; ya que, sólo a través de ésta se puede adecuar la conducta del sujeto activo del tipo a esos hechos descritos en Sentencia