Auto Supremo AS/0982/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0982/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

Por otra parte, el Juez vincula el Despojo con el derecho propietario, cuando ello no


Por otra parte, el Juez vincula el Despojo con el derecho propietario, cuando ello no es posible ya que el Despojo tiene como bien jurídico protegido la posesión o tenencia que son institutos totalmente diferentes a la propiedad, que la norma no exige ese requisito y al incluirlo el Juez, violenta al principio de tipicidad o certeza que está referido a la aplicación exacta y estricta de los elementos del tipo a la conducta del acusado, lo que no condice con el inc. 4) de los hechos no probados. Así también, en el corolario de la Sentencia, resulta que en ningún momento el tipo exige que el sujeto pasivo del ilícito viva en forma permanente en el inmueble del que fue despojado, únicamente es necesario demostrar la posesión del inmueble, que en el razonamiento del Juez, una persona que viaja constantemente no podrá jamás ser víctima del delito, lo que no es evidente, porque se trata de un delito impropio, por lo que la posesión o tenencia no exige que sea permanente (cita los Autos Supremos 1236 de 7 de marzo de 2007, 178 de 17 de mayo de 2006, 338 de 5 de abril de 2007 y 254 de 22 de julio de 2005)